Cédula: 3-101-654987 • Tel: 8888-2233
Art. 1058 Código Civil de Costa RicaN° REC-2026-089
Fecha: 2026-09-27
₡1,000,000
Medio: SINPE Móvil (Ref: 882910-BCC)
₡8,500,000
Vence: 2026-10-15
Marcela Quesada Mora
Cédula: 1-1452-0987
₡9,500,000
Plazo Liquidación: 2026-10-15
Señal de trato / Arras confirmatorias para reserva de vehículo Toyota Yaris 2022 placa BLZ-890
CLÁUSULA DE ARRAS Y COMPROMISO CONTRACTUAL:
Las partes acuerdan que el presente importe constituye señal de trato y arras confirmatorias de la compraventa o contratación acordada. Si el comprador decide no formalizar la transacción en el plazo convenido (o antes del 2026-10-15), perderá el monto anticipado a título de indemnización fija por costos de oportunidad y reserva. Si es el vendedor quien incumple injustificadamente, estará obligado a la devolución íntegra del monto recibido según lo dispuesto en la legislación civil y comercial costarricense.
Automotores & Servicios del Este S.A.
Recibí Conforme (Receptor)
Marcela Quesada Mora
Cédula: 1-1452-0987 (Cliente)